Informaci贸n

2019-05-08

FUERTE REDUCCI脫N DE LOS SALARIOS DOCENTES POR APLICACI脫N DEL IMPUESTO A LOS INGRESOS

El Impuesto a los Ingresos (anteriormente denominado Impuesto a las Ganancias) es una preocupaci髇 constante y creciente que afecta a駉 a a駉 a una mayor cantidad de docentes. Este verdadero impuesto al trabajo, genera principalmente dos grandes perjuicios a los trabajadores docentes. El primero es que reduce el poder adquisitivo del salario de manera alarmante. Los docentes alcanzados por este impuesto llegan a perder el equivalente a mas de un salario en el a駉. Otro perjuicio que genera la aplicaci髇 de este tributo es el hecho de que gran cantidad de docentes, especialmente los de mayor antig黣dad y experiencia, desisten de ocupar cargos de conducci髇 en las escuelas, dado que al ganar mas se les comienza a descontar este impuesto o se eleva el porcentaje que se les descuenta por el mismo, y la diferencia econ髆ica se torna muy exigua en relaci髇 con el cargo u horas c醫edra que pose韆n antes de asumir el cargo directivo.

Ofrecemos algunos ejemplos.

 

Incidencia del Impuesto a los ingresos en docentes con dos cargos (incluidos cargos directivos) en la Provincia de Santa Fe:

 Los siguientes ejemplos son variaciones de docentes que trabajan dos cargos  y/u horas cátedra.  En el caso de los que poseen cargos directivos es evidente el mayor impacto del impuesto.

1) Docente, casado y sin hijos, con  un cargo de Jefe General de Enseñanza Práctica mas un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica . 120% de antigüedad. Tributa: 7443,45 mensuales. 

 

2) Docente sin hijos, con un cargo de Directora escuela primaria mas 17 horas cátedra con 120 % de antigüedad Tributa: 10.374 pesos.

 

3) Docente con dos cargos de Preceptor, con esposa y 2 hijos. 120% de antigüedad. Tributa: 3035,27 mensuales.

 

4) Docente con un cargo de Regente Técnico mas 15 horas cátedra. Con esposa y dos hijos. 80% de antigüedad. Tributa: 1773 pesos.

 

5) Docente con un Cargo de Jefe de Sección mas un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica. Con un hijo. 120% de antigüedad. Tributa: 8039 pesos mensuales.

 

6) Docente con un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica mas 24 horas cátedra. Con esposa.  120 % de antigüedad. Tributa. 5820 pesos mensuales.

 

7) Docente con dos cargos de Preceptor. Sin cargas de familia. 40% de antigüedad. Tributa: 1263 pesos mensuales.

 

Claramente el impacto del Impuesto a los Ingresos en los salarios docentes produce una distorsión grave, ya que el  beneficio económico que debería traer aparejado el trabajar mayor  cantidad de horas o el de asumir un cargo con mayores responsabilidades, se ve diluido por la aplicación de este tributo.

 

En la Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo a la generalidad del impuesto comienzan a pagar ganancias los solteros que cobran de bolsillo 38.300 pesos y los casados dos hijos que perciban a partir de 50.668 pesos con la nueva normativa de enero de 2019.  Con esta normativa y con el nuevo salario de marzo a cobrar en mayo un director  de jornada simple de primera comienza a pagar ganancias a partir de los 20 años de antigüedad ya que cobraría 38800 y un profesor con 30 módulos y 10 años de antigüedad también comienza a pagar este tributo. O sea que aquel docente con poca antigüedad en el sistema que logra acumular 30 módulos, apenas con 10 años comienza a tributar.

 

 

(IMAGEN - CUADRO: Docente sin cargas, sin variación anual en su situación de revista, con horas cátedra de nivel medio en CABA)

M脕S INFORMACI脫N